Acceso Miembros:
Acceso Persona Moral:

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  • La aceptación, prevención, negación, suspensión o revocación de la Certificación esta sujeta al cumplimiento de los estándares de la Asociación Mexicana de Animales de Servicio, A.C. (en adelante “La Asociación”) en conjunto con los requisitos que solicitan otros países.
  • La Asociación no esta obligada a aceptar a persona alguna que no cumpla con la documentación requerida, sin ser éste un acto discriminatorio.
  • La Asociación no podrá cerciorase de la validez de los documentos que las personas que aplican les presenten.
  • Las personas no certificadas no podrán adquirir los productos de la Asociación, y la Asociación no se hace responsable de la creación o adaptación de otros productos que utilicen personas no certificadas, los Socios o Miembros de a Asociación.
  • La Asociación no se hace responsable de la venta de los productos de sus Socios, ni de los colores que usen.
  • La Asociación no se hace responsable de la venta que se llegase a ocasionar por reventa de los productos de algún Miembro a tercero alguno.
  • No basta con portar los productos de identificación, la persona siempre deberá portar la identificación (credencial) para poder tener acceso, así como el animal deberá estar correctamente identificado portando un arnés con parches del servicio que brinda.
  • No se garantiza la resolución favorable en caso de presentar alguna queja o denuncia, misma que debe presentar de forma personal el interesado ante el órgano de gobierno responsable. 
  • Los Miembros, Socios y Asociados tienen acceso a un portal de denuncias y quejas, las cuales aceptan que es un método alternativo de solución de controversias entre particulares. Cualquiera puede presentar queja o denuncia formal ante cualquier órgano de gobierno y ante la instancia que corresponda. La Asociación únicamente ofrece éste servicio para evitar los gastos, costas y tiempo que les puede ocasionar, y buscar la armonía entre las partes, actuando meramente de forma imparcial, en busca que se respeten los protocolos internos apegados a las Leyes Mexicanas. 
  • La Asociación no esta obligada con la persona certificada a que accese a los lugares mencionados en su certificación, ya que esto depende de terceros.
  • Los costos están sujetos a discreción de la Asociación de acuerdo a los gastos que este genere para la misma.
  • Las instituciones y organizaciones que tienen convenio con la Asociación, deberán respetarlo a lo ofertado al Público, sin excepción alguna, apegándose a lo dispuesto en las leyes correspondientes.
  • Los Asociados o Miembros de la Asociación no están obligados a comprar los productos de la Asociación, sin embargo, para que sea válido deberá estar correctamente identificado el perro cuando este en servicio. Respetando las políticas de los colores de la Asociación que les corresponde a su certificación.
  • Los Miembros de la Asociación quedan obligados a presentar anualmente los documentos que se le soliciten para que ésta se mantenga vigente y válida.
  • La Certificación podrá ser revocada a discreción de la Asociación con causa justificada cuando el Miembro incurra en más de tres suspensiones, así como en cualquier causa grave. Mismas que demuestren, que el perro no esta adiestrado para desempeñar las labores que se ostentan, haya falsificación de documentos médicos, o haya un ataque hacia persona alguna o cualquier otra descrita dentro de las faltas graves.
  • La Certificación tendrá validez y vigencia de acuerdo al tipo de certificación al que se aplique, y al tamaño y edad del ejemplar.
  • Los Miembros están obligados a retirar a los ejemplares a la edad que se les menciona. En caso de no hacerlo podrán ser revocados todos sus beneficios para Retiro de Animales de Servicio, en el cual, ni hospitales ni descuentos en alimentos serán otorgados. 
  • La Asociación no se hace responsable en caso de que el Miembro, los Socios o Asociados hayan presentado documentos falsos o alterados, y no será considerada complice de dicha persona física o moral.